Parámetros establecidos para el Monitor SIO Carnes:
Unidad de Medida: Kg. Vivo
Peso por cabeza: Se incorporan solo los registros superiores al Peso Mínimo de Faena (300kg.). A partir del 1 de abril, y hasta el 30 de junio, el PMF para las hembras es de 260 kg. (Resolución 66/2018).
Se incorporan solo los registros menores a 900 kg. por cabeza, excepto para las categorías de toros a las que no se le aplica tope.
Precio por Kg. Vivo: Los registros incorporados son los comprendidos en el rango deducido del precio en kg. vivo en base a los resultados del cálculo explicado en el informe técnico.
Cantidad de cabezas: Se incorporan solo los registros inferiores a 5.000 cabezas.
GRÁFICOS
Precio más frecuente por Kg: Precio consignado con mayor asiduidad para el conjunto de los registros del día de la consulta.
Precio promedio del día: resulta de la suma del producto del peso por el precio en cada uno de los registros (importe) dividido la suma de los kilogramos totales declarados en los registros del día de la consulta.
Precio mínimo del día: Precio mínimo consignado en el conjunto de los registros del día de la consulta.
Precio máximo del día: Precio máximo consignado en el conjunto de los registros del día de la consulta.
Volumen por zona: Se totaliza el volumen diario acumulado para para cada una de las zonas de SIO CARNES. Se detallan todas las zonas de comercialización que registraron operaciones.
Precios por zona: Se detallan los valores de precio promedio, mínimo y máximo para cada una de las zonas de SIO CARNES. La metodología de cálculo es igual a la utilizada en el detalle de precios inicial.
Registro de actividad por zona y día: Evolución diaria de las series volumen total y precio promedio. El volumen se toma del gráfico volumen por zonas. Se puede consultar el volumen y precio promedio para un intervalo de tiempo determinado, ya sea para la totalidad de las zonas o bien desagregar la visualización por zonas.
Para el caso de la categorías "Varios", se presenta el precio medio por cabeza, el cual resulta del cociente de la suma de los precios totales declarados (precio por cabeza multiplicado por cabezas totales) dividido la suma total de las cabezas declaradas para el conjunto de los registros del día de la consulta.